Publicado en: 2006-08-17 (410 Lecturas)
En un fallo histórico la Corte Suprema de Justicia declaró ayer inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, sancionadas durante el gobierno de Raúl Alfonsin.
El Tribunal consideró que las leyes del perdón son inconstitucionales porque violan tratados internacionales sobre derechos humanos e impiden el esclarecimiento y el castigo a los autores de crímenes de lesa humanidad.
El fallo, con siete votos a favor, uno en contra y una abstención, aclaró que quienes fueron beneficiados por esas normas no podrán ampararse en el principio de "cosa juzgada" para evitar otro juicio.
La ley de Punto Final fue sancionada el 24 de diciembre de 1986. Establecía un plazo perentorio de 60 días para que los tribunales que instruían causas por delitos de lesa humanidad procesaran a los imputados. Todos aquellos represores que no fueran acusados antes de ese tiempo quedaban sin juzgar por prescripción de la acción penal en su contra.
Al cumplirse el plazo impuesto por el Punto Final había 400 militares procesados. La ola de citaciones y enjuiciamientos tensaron la situación y desencadeno el conflicto de Semana Santa, con Aldo Rico a la cabeza, reclamando que no se procesara a militares de rango menor.
El resultado fue la sanción el 4 de junio de 1987 de la ley de Obediencia Debida, que estableció la excención de culpa para los oficiales y personal de tropa.
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